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El Consell ha aprobado dos decretos de ayudas urgentes a personas físicas y a los municipios afectados por DANA

Las personas físicas deberán presentar su solicitud, en el plazo de 15 días hábiles a partir de la publicación de este decreto en el DOGV

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El Consell ha aprobado dos decretos de ayudas urgentes a personas físicas y a los municipios afectados.

El decreto destinado a los municipios afectados está destinado a cubrir los gastos urgentes derivados de las actuaciones inmediatas que hayan tenido que realizar los ayuntamientos para paliar los daños producidos por el temporal. El importe asciende a 10 millones de euros.

Se realizará el pago anticipado del 100% de la ayuda previa presentación, en un plazo de 15 días desde el día siguiente a la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), de una declaración certificada por la Secretaría o Intervención municipal de los gastos extraordinarios que haya tenido que acometer el municipio.

Por otra parte, el segundo decreto está dirigido a paliar la pérdida de bienes de primera necesidad de las personas físicas cuya vivienda esté ubicada en alguno de los municipios dañados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA). El importe es de 13.500.000 euros.

La vicepresidenta ha concretado que «la cuantía de la ayuda individualizada ascenderá a un máximo de 4.500 euros por vivienda, de la cual se anticipará un total de 1.500 euros para las cosas más urgentes, como ropa, ropa de cama…».

Las personas físicas deberán presentar su solicitud, en el plazo de 15 días hábiles a partir de la publicación de este decreto en el DOGV, en las oficinas de coordinación de la postemergencia creadas por la Generalitat, ubicadas en los municipios de Dolores y Ontinyent, o en las oficinas habilitadas en los ayuntamientos.

Asimismo, el Consell ha iniciado el proceso por el que los municipios afectados podrán presentar sus estimaciones de daños materiales en bienes e inmuebles de personas físicas o jurídicas, autónomos, pequeñas y medianas empresas, explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas, comunidades de regantes y otras entidades de riego, así como en las infraestructuras y bienes públicos que se hayan visto afectados y, en su caso, de los gastos extraordinarios que, con carácter urgente, se hayan tenido que efectuar como consecuencia del temporal.

En este caso tendrán un plazo inicial de 45 días para presentar las estimaciones de daños a partir del día siguiente de la publicación de este acuerdo en el DOGV.

Oltra ha explicado que, «como en ocasiones anteriores, una vez presentadas las solicitudes, serán evaluadas por la Oficina Única Postemergencia que realizará una estimación económica que se elevará a la Comisión Interdepartamental para su posterior aprobación por el Consell».

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