Detenido en Albatera por superar 8 veces la tasa máxima de alcohol permitida

El conductor del vehículo estuvo a punto de arrollar a tres de los cuatro agentes que realizaban el control

El pasado viernes la Policía Local de Albatera detuvo al conductor de un vehículo que estuvo a punto de arrollar a tres de los cuatro agentes que se encontraban realizando un control de verificación de documentación. Tras hacerle la prueba de alcoholemia arrojó un resultado de 1’29 mg/l de aire expirado, en la segunda prueba el resultado fue de 1’33mg/l de aire expirado, superando de esta manera 8 veces la tasa máxima de alcohol permitida.

El conductor del vehículo fue trasladado a dependencias policiales donde se le instruyeron diligencias por presunto delito contra la seguridad vial, su detención fue inmediata ya que suponía un riesgo grave para la circulación. Además este mismo conductor ya ha cumplido condena por los mismos hechos anteriormente descritos.

Tal y como indican las fuentes, en el punto de verificación de documentación se sancionaron a 3 vehículos más por no haber pasado la Inspección técnica de vehículos. En total se controlaron cinco vehículos, de los cuales, uno fue detenido por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, tres fueron denunciados por no pasar la ITV y únicamente uno circulaba en condiciones favorables.

Los controles de alcoholemia realizados de forma regular ayudan a prevenir y evitar que se ponga en riesgo la seguridad de las personas. Estos controles tienen una gran importancia preventiva para poder detener a todo aquel que cometa un delito contra la seguridad pública y vial. De esta manera se pueden evitar males mayores.

Delito contra la seguridad vial

El Código Penal recoge en su artículo 379 que el «que condujera un vehículo a motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas con penas de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años». Y añade que: “Será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0.60 mg/l o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1.2 gramos por litro”.

En cuanto a la vía administrativa las multas pueden ser de entre 500 y 1000 euros y la retirada de hasta 6 puntos del carnet de conducir.

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